¿Quién paga la avería de mi vivienda?

Aunque en ocasiones puede parecer fácil resolver esta pregunta, no siempre es así. Por eso desde Alquiler Protegido te resolvemos todas las dudas, para evitar un futuro conflicto con el propietario o inquilino de tu vivienda.

Partimos de la base de que todos los inmuebles, con el uso, desgaste y disfrute del mismo, terminan teniendo pequeños desperfectos. Y aquí es muy importante que tanto la persona que vive de alquiler en una vivienda, como el propietario, tengan muy claro qué competencia tienen en este asunto.  

Antes de desgranar quién se encargará de pagar la avería, resaltamos la importancia que tiene que el inquilino ponga en conocimiento al propietario del desperfecto en cuestión, pues quizás le ofrezca una solución rápida. También que siempre revise en el contrato de alquiler la cláusula de las reparaciones del hogar.

Ley de Arrendamientos Urbanos

Pues bien, la respuesta a la pregunta del inicio podemos encontrarla en la ley de Arrendamientos Urbanos. Concretamente, en el artículo 21, en lo relativo a la conservación de la vivienda: “El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil”.

Según el artículo de la norma, con carácter general el propietario está obligado a realizar las reparaciones que tienen que ver con la habitabilidad. Además, el propietario deberá hacerlo sin elevar la renta mensual, y siempre que el deterioro no se haya producido por un mal uso o daño intencionado por parte del inquilino.

Electrodomésticos y mantenimiento habitual de la vivienda

Este punto es especialmente controvertido en muchos casos, pues muchos inquilinos piensan que el propietario debe solucionarle todos sus problemas, y muchos propietarios que los inquilinos deben hacer frente a la avería. A pesar de esto, la ley es clara, y establece que “las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario”. Sobre qué ocurre con una nevera, un frigorífico o un horno estropeado, variará en función de lo que haya ocurrido con el electrodoméstico que no funciona. No es lo mismo que un no funcione por un mal uso del mismo, que por estar antiguo y necesitar una reparación.

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